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Última actualización, 18/05/2023
VOIPED es un operador de Telecomunicaciones en España que se encuentra debidamente inscrito en el Registro de Operadores de la Comisión Nacional de Mercados y de la Competencia (en adelante, la CNMC) y por tanto habilitado para explotar redes públicas y prestar servicios de comunicaciones electrónicas
Estos Términos y Condiciones se aplican a todas las Propuestas y Acuerdos de Voiped en virtud de los cuales Voiped proporciona servicios y / o bienes de cualquier naturaleza y del nombre que sea al Cliente. Al firmar un Acuerdo con Voiped y / o mediante la implementación real de una Propuesta o Acuerdo (aún) sin firmar, el Cliente declara estar familiarizado con los Términos y Condiciones Generales y aceptar su aplicabilidad y contenido.
Mediante el presente contrato, Voiped presta al CLIENTE un conjunto de servicios al CLIENTE. Estos servicios se prestarán conforme a la normativa vigente aplicable en cada ámbito.
Voiped prestará al CLIENTE los servicios que se reflejan en este contrato o los que acuerden por escrito. Los servicios acordados y sus posibles anexos conllevan el acceso del CLIENTE a la red de telecomunicaciones de Voiped. Cada uno de los Anexos y Apéndices, así como las futuras actualizaciones, que las partes acuerden incorporar a este Acuerdo, formarán parte integra del Acuerdo y las obligaciones por ambas partes. Al firmar el contrato el cliente acepta las Condiciones Generales descritas en la web https://www.voiped.eu/terminos-y-condiciones-spain y sus posibles actualizaciones.
Voiped no está obligado a cumplir con ninguna obligación, incluida cualquier obligación de garantía acordada con el Cliente, si no puede hacerlo por causa de fuerza mayor. “Fuerza mayor” incluirá al menos:
Si una situación de fuerza mayor persiste durante más de treinta días, cualquiera de las Partes tendrá derecho a disolver el Acuerdo por escrito. En tales casos, los servicios ya prestados en virtud del Acuerdo se prorratearán, sin que se deban sumas adicionales entre las Partes.
Sin perjuicio de lo anterior, VOIPED no será responsable de los fallos provocados por hechos ajenos a su voluntad, principalmente en los casos de fuerza mayor, en los fallos de la infraestructura técnica o en los fallos provocados por tercero. Igualmente, VOIPED queda exenta de toda responsabilidad derivada de la suspensión o retirada de los números asignados, como consecuencia de un cambio legislativo, o del mal uso por parte del CLIENTE de la numeración cedida.
El CLIENTE abonará a VOIPED previo cumplimiento de los términos acordados en los anexos firmados a este contrato acordados entre El Cliente y Voiped.
El incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de los pagos descritos anteriormente bien sea en importe o fecha de vencimiento, tendrá la consideración de resolución en la prestación del servicio, por lo cual se extinguen todas las obligaciones de VOIPED en la prestación del servicio de forma automática y sin que se precise previo aviso. Esta resolución por incumplimiento del CLIENTE y la consecuente cesación en la prestación del servicio no libera al CLIENTE de las obligaciones de pagos que hasta dicho momento le sean exigibles.
El CLIENTE reconoce que es conocedor de la posibilidad de obtener un saldo negativo en su cuenta debido a la emisión de llamadas salientes, en modelo prepago o postpago, debido a valores como sobrecoste, uso de un CLI incorrecto u otras condiciones sujetas a una facturación posterior. VOIPED no se hace responsable del uso de un CLI incorrecto, falso, manipulado o estipulado como sobrecoste ni garantizará algún bloqueo para el fraude o uso incorrecto del CLI. Las llamadas serán facturas acorde al PAI enviado en la traza.
Si el cliente realiza una cancelación o suspensión del servicio con un saldo positivo en su cuenta prepago es conocedor de que dicho saldo no será devuelto y es responsabilidad del cliente realizar un uso del saldo positivo. En ningún caso se creará un abono de la cuenta prepago.
El CLIENTE se hará siempre responsable de ese saldo en negativo desu cuenta, abonando ese importe en un plazo máximo de 15 días, desde la notificación de Voiped.
En el caso de resolución del contrato o de cualquiera de sus anexos, las partes procederán a liquidar las cantidades pendientes mediante la facturación de todos los servicios prestados y no facturados.
Voiped podrá aplicar gastos de devolución de recibido bancario cuando se este se produzca, siendo el importe de 25€ por recibo devuelto.
Si un proveedor de Productos Externos aumenta sus precios, Voiped tendrá derecho a traspasar este aumento de razonabilidad al Cliente.
La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones establece que su contrato tendrá una duración inicial de veinticuatro (24) meses. Una vez que se cumpla el período de vigencia, dicho contrato quedará prorrogado automáticamente por el mismo periodo, si bien el cliente tiene el derecho de rescindirlo en cualquier momento con un preaviso máximo de un mes sin contraer ningún coste excepto el de la recepción del servicio durante el período de preaviso y la compensación por el equipo terminal subvencionado que conserve.
Voiped podrá resolver el presente contrato en el caso de incumplimiento del CLIENTE, bastando para que se produzca la resolución, la notificación fehaciente de la misma al CLIENTE, expresando la causa de la resolución. El incumplimiento por parte del CLIENTE dará lugar, además de a la resolución del contrato, a las acciones legales que puedan corresponder a Voiped por los daños y perjuicios que puedan ocasionarse. La extinción del contrato no dará lugar a indemnización alguna a pagar por una parte a la otra. En caso de resolución o cancelación anticipada conforme a lo previsto en el presente contrato, CLIENTE deberá satisfacer las cantidades adeudadas por los servicios prestados hasta ese momento, así como cualesquiera otras cantidades debidas conforme al presente contrato y sus anexos.
La Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones establece que el usuario final tiene el derecho a rescindir sus contratos sin contraer ningún coste adicional cuando el operador de los servicios de comunicaciones electrónicas disponibles al público le anuncie que propone introducir cambios en las condiciones contractuales, a menos que los cambios propuestos sean exclusivamente en beneficio del usuario final o sean de una naturaleza estrictamente administrativa y no tengan efectos negativos sobre el usuario final o vengan impuestos normativamente.
Queda expresamente prohibida la cesión o transferencia a favor de un tercero de los derechos otorgados en virtud del presente contrato, salvo que medie autorización expresa por escrito por ambas partes. No obstante, Voiped queda autorizada desde este momento a ceder los derechos y obligaciones del presente Contrato, total o parcialmente, a cualquiera de las sociedades del grupo a que pertenece, con la sola obligación de notificar tal circunstancia, por escrito, a CLIENTE.
El presente Acuerdo se rige por el ordenamiento jurídico español. Las partes acuerdan que cualquier discrepancia o controversia que pudiera derivarse de la interpretación y/ o aplicación ejecución del presente contrato y sus anexos quedarán sometidas a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la ciudad de Alicante, (España), renunciando las Partes a cualquier fuero propio que, de acuerdo con las normas vigentes, les pudiera corresponder.
En cumplimiento del Reglamento General de Protección de Datos UE 679/2016 (RGPD) y la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales 3/2018 (LOPD-GDD), las partes se informan mutuamente de que los datos personales de los firmantes y de las personas que trabajen para cada una de las partes, serán objeto de tratamiento con la única finalidad de cumplir con la relación contractual, mantener la relación derivada de este y atender las posibles responsabilidades derivadas de dicho tratamiento. La legitimación de este tratamiento se basa en el Artículo 6. 1 b) del RGPD, por el que es necesario para la ejecución de este contrato. Asimismo, los datos serán conservados mientras se mantenga la relación contractual entre las partes y durante el tiempo que lo exijan las leyes a las que las partes estén sujetas. Los datos tratados no serán cedidos a terceros excepto en aquellos casos en que sea imprescindible para la ejecución del contrato (e.g. proveedores de servicios necesarios) y para el cumplimiento de las obligaciones legales (e.g. administraciones públicas, entidades financieras, entre otras).
En cualquier momento las partes pueden dirigirse entre ellas para saber qué datos personales se están tratando, rectificarlos si fuesen incorrectos y eliminarlos una vez finalizada la relación. También existe el derecho a solicitar la limitación del tratamiento, se puede oponer a dicho tratamiento, incluso al traspaso de la información a otra entidad (portabilidad). Para solicitar alguno de estos derechos, se debe realizar una solicitud escrita, junto con una fotocopia del DNI de la persona que quiera ejercerlos, a las direcciones de correo electrónico que se detallarán a continuación:
Email para ejercer los derechos ante Voiped: [email protected]
Si alguna de las partes entiende que se han vulnerado alguno de estos derechos, se podrá formular una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos; C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid o en www.aepd.es.
Cada uno de los Anexos que acompañan a este Contrato, así como las futuras actualizaciones o adiciones que se incorporen al mismo, formarán parte integrante del Contrato, y las obligaciones que de su contenido se desprenden serán exigibles desde la fecha de su firma, salvo acuerdo en contrario sobre la fecha de entrada en vigor.
En el caso de que el CLIENTE no afronte el pago de sus facturas en la fecha de vencimiento o que devuelva más de un recibo domiciliado, se podrá suspender el servicio con previa notificación de 24h. Si el CLIENTE se retrasa más de dos (2) días en realizar íntegramente cada uno de los pagos de los recibos pendientes y/o devueltos, VOIPED podrá interrumpir la prestación del servicio hasta el momento en que reciba dicho pago, renunciando el CLIENTE a reclamar a VOIPED cantidad alguna por los daños o perjuicios que la interrupción del servicio por impago del CLIENTE le pueda producir al CLIENTE o terceros. En el caso de proceder al pago de todas las cantidades adeudadas pendientes, Voiped tendrá derecho a exigir la constitución de una garantía adicional (aval, depósito, etc.) para la reanudación del servicio, y en caso de negativa por parte de CLIENTE, ambas partes tendrán derecho a rescindir el contrato. VOIPED procederá a la suspensión temporal de la conexión de las redes en los siguientes supuestos:
a) Cuando esté en peligro la seguridad e integridad de alguna de las redes, de manera que pueda afectar gravemente al funcionamiento de una o ambas redes.
b) Cuando exista riesgo en la integridad de las personas.
c) En caso de que se ponga en peligro la interoperabilidad de los servicios, en modo que afecte, de manera muy grave, a la prestación de los mismos.
d) En caso de grave infracción de la normativa relativa al secreto de las comunicaciones y al derecho al honor, la intimidad y a la protección de datos de carácter personal, con grave lesión de los derechos a terceros.
e) Cuando, concurriendo alguna de las causas de extinción previstas en este contrato, la naturaleza de esta haga indispensable la desconexión de la red de alguna de las partes.
f) Cuando no exista saldo en la cuenta del CLIENTE o impagos.
g) Bloqueo de tráfico y retención de pagos en el caso de la existencia de tráficos no permitidos y/o irregulares con fines fraudulentos. En caso de que se identifique la existencia de tráfico no permitido y/o irregular con fines fraudulentos, las partes deben aplicar lo dispuesto en el Real Decreto 381/2015, de 14 de mayo, por el que se establecen medidas contra el tráfico no permitido y el tráfico irregular con fines fraudulentos en comunicaciones electrónicas.
Los trabajos de mantenimiento por parte de Voiped siempre se realizarán sobre la base de una obligación de realizar. VOIPED podrá introducir cambios en los sistemas, instalaciones, y los que exija la organización y necesidades del servicio o las conveniencias y condicionamientos técnicos, normativos y de progreso.
VOIPED queda exonerada de toda responsabilidad en el supuesto de que las deficiencias producidas en el servicio contratado sean ocasionadas por caso fortuito o fuerza mayor o cualquier otra circunstancia fuera de su razonable control.
Las partes se comprometen a realizar sus mejores esfuerzos para evitar el fraude, así como para definir procedimientos de prevención de posibles fraudes.
En particular, ambas partes acuerdan realizar sus mejores esfuerzos para impedir las prácticas de terceros que, obviando los requisitos legales, se instrumenten con configuraciones que constituyan en sí mismas puntos de conexión.
En cualquier caso, las consecuencias económicas de posibles escenarios de fraude y/o morosidad de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones prestados por una parte no son trasladables a la otra parte, excepto en caso de incumplimiento de las obligaciones que las partes asumen en el presente Acuerdo.
Para facilitar la prevención del fraude o morosidad, las partes se intercambiarán las informaciones oportunas permitidas por la legislación vigente que se acuerden.
Cuando se detecte un caso de fraude o morosidad, ambas partes cooperarán, para comprobarlo, controlarlo y resolverlo en el plazo más breve posible.
La modificación por parte de VOIPED de las condiciones económicas supone una modificación de las condiciones contractuales que deberá ser comunicada al CLIENTE con una antelación mínima de siete (7) días. El CLIENTE tendrá derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna en caso de no aceptación de las nuevas condiciones.
Los precios de las tarifas contratadas se incrementarán conforme a las actualizaciones del índice de precios al consumo (IPC) publicado oficialmente. En el primer trimestre de cada año natural se procederá a la actualización de las tarifas de los Servicios aplicando a la tarifa el IPC interanual promedio publicado oficialmente en el mes de octubre del año inmediatamente anterior a la actualización y que se corresponde con el periodo comprendido entre el mes de octubre del año precedente y el mes de septiembre del año inmediatamente anterior a la actualización. El procedimiento de actualización de tarifa no constituirá una modificación de las condiciones del Contrato, por lo que su aplicación no confiere u otorga el derecho al Cliente a rescindir o resolver el Contrato anticipadamente sin asumir la penalización asociada a los compromisos contractuales, como cargos de permanencia, que pudieran estar vigentes.
Voiped no compartirá los datos necesarios para el servicio de información sobre números de abonado para las guías telefónicas y publicidad si el cliente no lo autoriza de forma explícita mediante correo electrónico a [email protected]
El cliente, a través de la firma de este contrato, es conocedor de la obligación de tener una dirección en la provincia donde contrata la numeración fija geográfica tal como se establece en la normativa vigente. Voiped no se hará responsable de los cambios realizados por el cliente si este no realiza la comunicación de dichos cambios a VOIPED cuando se produzcan.
Voiped Telecom SLU
CIF: B54954664
Dir. postal: Calle Benlliure 2, 03530 – ALICANTE.
Teléfono: 34 96 502 22 62
Correo electrónico: [email protected]
Última actualización, 18/05/2023